sábado, 16 de noviembre de 2013

¿Pueden rechazar mi plan de parto?



Estamos a tope estudiando para la oposición, así que el tema de leyes es una de las cosas que estamos intentado meternos en la sesera. Aquí os dejamos una información sobre la legalidad del plan de parto que espermos que os sea útil:



Los planes de parto son verdaderos documentos con valor de consentimiento informado. Aceptar y rechazar un tratamiento médico es un derecho de todo usuario que nos reconoce la Constitución, la Ley General de Sanidad, la actual Ley de Salud Pública y la Ley Básica Reguladora de la Autonomía del Paciente y Derechos y Deberes en Materia de Información y Documentación Clínica (LBRAP). Ese derecho existe porque sólo la propia persona puede decidir sobre su salud y su cuerpo, hasta el punto de que una persona puede elegir vivir o morir. Es un derecho inherente a la dignidad humana y su configuración es independiente de si el tratamiento está indicado o no. No digamos si, como es el caso de intervenciones rutinarias como la administración de oxitocina sintética o la episiotomía, el tratamiento que se indica ni siquiera está indicado. En ese caso, la actuación sanitaria estaría violando, a la vez, la dignidad de la mujer y su derecho a recibir una atención médica adecuada. Insisto: es un derecho indepediente de la indicación.
Por ello, debe respetarse tanto si lo propuesto consta en un Protocolo o una Guía de Práctica Clínica como si no. Una mujer embarazada, como cualquier ser humano, como cualquier usuario y como cualquier paciente, tiene derecho a rechazar lo que considere peligroso para sí o su bebé. Pero es que, en general, las mujeres que escriben planes de parto ¡No están pidiendo otra cosa que lo que dicta la evidencia científica! Se trata de algo que deberían tener garantizado sin necesidad de pedirlo.
Los profesionales no tienen competencia para aceptar o rechazar un Plan de parto en tanto contiene decisiones libres e informadas de una persona mayor de edad, en pleno ejercicio de sus facultades mentales, en relación con intervenciones que afectan a su salud y su cuerpo y a la del hijo sobre el que ostenta la patria potestad.

Aquí atendemos así, si no te gusta, vete a otro hospital
Las elecciones de una persona conforme a la lex artis nunca pueden dar lugar al alta forzosa porque el derecho a ser atendidas no deriva de que aceptemos en bloque las opiniones o ideología de un determinado profesional, ni siquiera si están avaladas por un protocolo "x", sino de que cotizamos a la Seguridad Social, pagamos un seguro, disfrutamos de protección universal, etc...   En este sentido, dice el artículo 2l de la LBRAP:
“[...] el hecho de no aceptar el tratamiento prescrito no dará lugar al alta forzosa cuando existan tratamientos alternativos.  Estas circunstancias quedarán debidamente documentadas”.

Aquí, esto se hace así porque lo dice "el protocolo"
Los protocolos no están para impedir a los usuarios el ejercicio de sus derechos. Pero, en general, cuando alguien nos dice que nos va a administrar oxitocina sintética por rutina o que tenemos que parir tumbadas porque lo dice "el protoclo", está mintiendo. Las prácticas seguidas por algunos asistentes ni siquiera son las recogidas en los protocolos, comunmente mucho más juiciosos que la práctica de algunos. Recomiendo a las mujeres referir sus decisiones informadas (así se llama en derecho al contenido del Plan de Parto, no son caprichos de una niña pequeña) a la Estrategia de Atención al Parto Normal y la Guía de Atención al Parto Normal del Ministerio de Sanidad, en cuya redacción ha participado no sólo la SEGO, sino también otras sociedades científicas como la Asociación Española de Pediatría, y organizaciones ciudadanas. Su valor, por la metodología empleada y por el consenso obtenido, es infinitamente superior a las guías y protocolos exclusivos de la SEGO. 
Por todo ello, recomiendo a todas las embarazadas enviar sus escritos por correo con acuse de recibo o vía administrativa al Hospital evitando titularlo como "Plan de parto". En su lugar, por la experiencia acumulada, me parece mejor encabezarlos así:
"En virtud del derecho al consentimiento (y rechazo) informado que me otorga la Ley Básica Reguladora de la Autonomía del Paciente y Derechos y Deberes en Materia de Información y Documentación Clínica, les ruego hagan constar en mi historia clínica mi voluntad de:
- No aceptar episiotomías de rutina - No aceptar goteros de oxitocina sintética de rutina .......
Estas decisiones informadas se basan en la evidencia científica recogida en la Estrategia de Atención al Parto Normal del Ministerio de Sanidad del año 2010 y Recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud para Atención al Parto.
En caso de que alguna circunstancia excepcional que se produzca durante el parto haga necesaria o aconsejable realizar alguna de las intervenciones mencionadas, estoy dispuesta a considerar las alternativas disponibles, tras recibir la información recogida en la Ley Básica Reguladora de la Autonomía del Paciente y ser solicitado mi consentimiento por escrito, tal y como prevé la citada ley."
Los médicos no tienen potestad para aceptar ni rechazar los planes de parto, con la única excepción de que pueden (y deben) negarse a realizar actuaciones que constituyan mala praxis, que no es el caso pues los planes de parto que yo he visto hasta ahora no hacen más que pedir cosas avaladas por la evidencia científica. 
Informar a la mujer y recabar su C.I. es, además de una obligación legal, parte de la lex artis o buen hacer profesional. La Guía de Práctica Clínica sobre la Atención al Parto Normal del Ministerio de Sanidad y Política Social, 2010 dice que
“Las mujeres en trabajo de parto deben ser tratadas con el máximo respeto, disponer de toda la información y estar implicadas en la toma de decisiones.  Para facilitar esto, los profesionales sanitarios y el resto del personal que le atienden, deberán establecer una relación empática con las mujeres, preguntarles por sus expectativas y por sus necesidades, para poder apoyarlas y orientarlas, siendo en todo momento conscientes de la importancia de su actitud, del tono de voz empleado, de las palabras utilizadas y de la forma en que se proporcionan los cuidados.”
Las Guías de Práctica Clínica (GPC) dan respuesta a las preguntas más relevantes que se pueden realizar en torno a la atención que debe ofrecerse desde los servicios sanitarios a una patología concreta, o bien, como es el caso del parto, a un proceso fisiológico. Presentan la evidencia científica en forma de recomendaciones graduadas según la calidad de los estudios que las apoyan. La Guía de Práctica Clínica del Ministerio de Sanidad es, por la metodología seguida para su elaboración, el documento en el que se plasma la mejor evidencia científica disponible hasta ahora en esta materia.
Si durante el parto no se respetaran las decisiones de las mujeres y se les causara algún daño a ellas o a sus hijos por los que quieran reclamar, podrán hacerlo en mejores condiciones si presentaron por escrito algún documento en el que comunicaban fehacientemente sus decisiones informadas, aunque no es en absoluto imprescindible para reclamar. Ahora mismo, ya hay sentencias indemnizatorias por inducir partos y hacer episiotomías sin cumplir con los requisitos legales, uno de los cuales es informar debidamente y pedir el consentimiento de la mujer.

viernes, 15 de noviembre de 2013

El plan de parto

 Si estais esperando un bebé quizá hayáis oído hablar del PLAN DE PARTO, o quizá os suene a chino. Aquí os dejamos una información para aclarar las dudas.


¿Qué es?
Un plan de parto (o plan de nacimiento) es una manifestación de voluntad escrita, el ejercicio del derecho de cualquier usuario a decidir libremente, a consentir o no consentir sobre las intervenciones médicas que se le propongan.
Cualquier intervención en el ámbito de la salud requiere el consentimiento de la persona afectada. Para ello, tiene que haber sido informada previamente. La legislación española regula los derechos de los usuarios de la sanidad a través de la Ley General de Sanidad, la Ley Básica Reguladora de Derechos y Deberes en Materia de Información y Documentación Clínica, y también a través de la legislación autonómica.
El principio bioético de la autonomía supone la capacidad del paciente de decidir entre alternativas y de actuar con conocimiento de causa y sin coacción externa. En el parto es la mujer quien determina el propio bien, tanto de la madre como del hijo, y para ello debe disponer de información y actuar con libertad.
El plan de parto es el documento donde queda reflejado el tipo de asistencia que la mujer desea para su parto, y según las disposiciones legales, ha de respetarse siempre que no se produzca una situación de extrema urgencia.
¿Dónde se entrega?
Puedes dialogar los diferentes puntos con tu comadrona u obstetra, y pedirles que lo incorporen a tu historia clínica. O bien, puedes entregarlo en el servicio de atención al usuario del hospital, personalmente o bien por correo administrativo (hospitales públicos) o certificado (privados). En este caso, conservarás copia sellada que acredite su presentación.
¿Cómo se hace?
Normalmente, un plan de parto suele incluir los siguientes puntos:
Datos administrativos
- Nombre y Apellidos
Al ser un documento de consentimiento infomado, debe incluir el nombre de la madre. Opcionalmente, al considerar el parto como un hecho de la pareja, se puede incluir el nombre del padre.
- Datos de contacto
- Dirección, teléfono, correo electrónico.
- Hospital de referencia.
- Fecha probable de parto.
Deseo estar informada sobre la evolución del parto y que se me haga partícipe de las decisiones sobre el mismo.
Preferencias relativas a la presencia de otras personas
- Durante todo el proceso de parto, me gustaría estar acompañada por… (nombre y apellidos).
- Deseo ser informada si voy a ser atendida por profesionales en periodo de formación (MIR, matronas en formación...) y autorizar su presencia.
- Deseo que se favorezca la intimidad en el proceso y que no aparezcan mas personas de las necesarias.
Preferencias relacionadas con los procedimientos
Prefiero que:
- No me administren un enema y no se me rasure el periné.
- Me permitan adoptar la posición que desee (acostada, sentada, libre deambulación...)
- Me atienda la misma matrona durante todo el proceso.
- Me permitan ingerir agua o líquidos claros (té, infusiones etc...) si el parto progresa adecuadamente.
- Se me favorecerezca la micción espontánea (el sondaje vesical sólo si fuera estrictamente necesario).
- El número de tactos vaginales sean los mínimos necesarios para valorar la evolución del parto.
- No se estimule el parto con oxitocina si éste progresa adecuadamente.
- No me gustaría que me rompieran la bolsa de aguas (amniotomia) salvo en caso estrictamente necesario.
- En caso de que necesite algún fármaco, quiero que se me informe y se me consulte previamente.
Además prefiero
- Poder vestir mis propias ropas y no las del hospital.
- Poder utilizar una pelota tipo birth-ball (podría aportarla).
- Escuchar música (puedo aportarla).
Sobre la canalización de una via venosa
La canalización de una vía puede ser útil para administrar algunos medicamentos, aunque no siempre es necesaria y a muchas mujeres les resulta muy molesta.
- No deseo que se me canalice una vena.
- Aceptaría una vía heparinizada.
- No me importa tener una perfusión venosa (si estás segura de querer la epidural, mejor elige esta opción).
Control fetal
Prefiero que este sea controlado por:
- Auscultación fetal: Mediante Doppler o estetóscopo de Pinard.
- Monitorización Fetal Intermitente.
- Monitorización Fetal Continua.
----deseo que la monitorización sea externa.
----deseo que la monitorización sea interna.
Alivio del dolor
Señala cuál es tu primera intención, aunque siempre puedes cambiar de opinión durante el transcurso del parto.
- No deseo epidural, prefiero que me apliquen alternativas para el alivio del dolor (ducha, baño, respiración...).
- De entrada no deseo epidural, prefiero metodos alternativos de control del dolor (ducha, baño, respiraciónes...), pero no descarto su uso.
- Deseo que me pongan la epidural tan pronto como sea posible.
- Me gustaría disponer de anestesia local, sólo en caso de sutura.
- Me gustaría decidir sobre el tipo de técnica de alivio del dolor en el momento del parto.
Preferencias sobre el periodo expulsivo
Me gustaría:
- Dar a luz en un ambiente tranquilo e intimo (luz tenue, silencio, pocos espectadores...).
- Esperar a notar ganas para empezar a pujar.
- Ponerme en la posición en que mejor me encuentre para pujar (cuclillas, de pie, acostada en la cama, en la camilla obstétrica...).
- Que no me dirijan los pujos, prefiero pujar de forma espontánea.
- Poder beber agua si no hay riesgo evidente de intervención quirúrgica.
- Disponer de un espejo para poder ver cómo nace mi bebé.
- Poder tocar la cabeza del bebé cuando esté a punto de salir.
- Poder sacar al bebe con mis manos en la medida de lo posible.
- Que no se me haga una episiotomía si no es absolutamente necesario.
- Tener a mi bebé piel con piel inmediatamente.
- Que no se le corte el cordón umbilical hasta que deje de latir.
Además deseo
Señala si tienes alguna petición adicional:
- Tomar Fotos / Vídeo del nacimiento de nuestro hija/o.
- La donación de la sangre del cordón.
- Que me sea entregada la placenta.
Atención al recién nacido
En la primera atención al recien nacido deseo:
- Que no le aspiren las mucosidades si el inicio de la respiración es espontáneo, y no le introduzcan sondas rectales o lavados gástricos si no es necesario.
- Que se nos favorezca el contacto precoz piel con piel.
- Darle el pecho en la misma sala de partos.
- Que no se nos separe, salvo en caso de extrema necesidad.
- No deseamos su ingreso de rutina en una sala nido.
- No se administre al bebé alimento ni biberón alguno (leche o suero glucosado), sin mi consentimiento.
Sobre la atención al recién nacido, puedes consultar la página www.quenoosseparen.info.
Preferencias sobre la alimentación del recién nacido
Selecciona lo que creas conveniente:
- Deseo darle el pecho exclusivamente.
- Deseo lactancia artificial.
- No quiero que le den ningún tipo de alimentación al bebé sin consultarme.
Cuidado de los ojos
Selecciona una opción:
- Deseo que se le administre colirio o pomada antibiotica como prevención.
- Deseo que NO se le administre colirio o pomada antibiotica (firmaré el documento de denegación del tratamiento).
Vitamina K
- Deseo que se la administren por vía intramuscular (inyectada).
- Deseo que se la administren por vía oral. Me comprometo a administrarle otra dosis a la semana y otra al mes.
- No deseo administrar la vitamina K. Puedo firmar el documento de denegación al tratamiento si así me lo solicitan.
Vacuna de la hepatitis B
- Deseo que se le administre al bebé la primera dosis de la vacuna de la hepatitis B.
- Deseo que NO se le administre la primera dosis de la vacuna de la hepatitis B (firmaré el documento de denegación al tratamiento).
Preferencias durante la estancia en el hospital
Me gustaría:
- Tener al bebé conmigo durante toda la estancia en el hospital (salvo caso de extrema necesidad).
- Que nuestra estancia en el hospital fuera tan breve como sea posible.
- Solicitar el alta precoz voluntaria (firmaré el documento oportuno).

Fuente: www.crianzanatural.com



El comienzo

Hoy inicamos este blog presentándonos, somos dos enfermeras de la zona sur de Madrid, conectadas con el mundo sanitario y conscientes de que muchas veces se aparta de la naturaleza, de lo respetuoso. Por eso queremos proponeros ideas, información y opiniones sobre nuestra profesión desde un punto de vista científico y a la vez natural. Esperamos que os guste.